En varias comunidades autónomas (por ejemplo la Comunidad Valenciana o Madrid) la suscripción de este tipo de seguro es obligatoria por ley, al menos por las garantías básicas de incendio y daños a terceros. En otras, como Castilla la Mancha, aún no se exige, aunque sí es recomendable.
Debemos recordar que la responsabilidad legal ante cualquier incidente que pueda producirse recae sobre los propietarios del inmueble. ¿Esto qué supone? Todos los daños (tanto personales como materiales) causados por el edificio o instalaciones comunitarias serán resueltos o indemnizados por los propietarios de los inmuebles. Por este motivo existen los seguros de comunidades.
Contando con el apoyo de este seguro, evitaremos el pago de derramas innecesarias ante determinados imprevistos y protegeremos nuestro patrimonio al estar cubiertos en caso de siniestros que en muchos casos pueden ser graves.
De media las comunidades sufren 1 siniestro al año ocasionado por el agua. Roturas de tuberías que obligan a los vecinos a abrir agujeros en las paredes de sus viviendas y en la escalera y que suponen, en muchos casos, altos costes a satisfacer entre todos. Si pensamos además en los daños que sufre el tejado a consecuencia de temporales de viento, nieve y/o granizo, podemos encontrarnos con siniestros de alta cuantía, al tener que sustituir tejas o canales rotas, y con siniestros muy graves (tejas que impactan contra vehículos o contra viandantes que precisarán de cuidados médicos e incluso, en el peor de los casos, de indemnizaciones por invalidez o fallecimiento). ¿No sería mejor que tuviéramos previstas estas situaciones y que un seguro se hiciera cargo de estos gastos?
La responsabilidad civil entre copropietarios y la reclamación de morosos son dos garantías novedosas y altamente valoradas por nuestros clientes.
Los daños a terceros cubren a aquellas personas ajenas a la comunidad pero no a los propios vecinos. Con esta cobertura de responsabilidad civil entre copropietarios, garantizaremos la cobertura de los daños que se ocasionen los vecinos entre sí derivados de los elementos de uso privativo de cada vivienda.
Desgraciadamente, muchas comunidades de vecinos en España están sufriendo los impagos de cuotas comunitarias. Deudas que suman y suman y que obligan al resto de vecinos a afrontar deudas que no son suyas. Nuestra cobertura de reclamaciones de morosos nos permite reclamar aquellas cuantías impagadas, por vía amistosa y judicial, una vez transcurridos 6 meses desde la contratación de la póliza.
Nuestros seguros de comunidad son flexibles y podemos adaptar las coberturas en función de vuestras necesidades. Además de las coberturas que hemos visto, se pueden garantizar otras como:
- Incendio, explosión o rayo
- Rotura de cristales
- Protección jurídica
- Robo
- Daños eléctricos
- …
Tenemos el seguro que buscas. Solo tienes que consultarnos y diseñaremos la propuesta que se adapte a tus expectativas.