No te la juegues. Llevar una moto supone un riesgo extra.
El seguro de vehículo es de contratación obligatoria en España para garantizar la protección y cobertura de terceros. Además, los gastos médicos ocasionados por accidentes de tráfico no están amparados por la Seguridad Social, por lo que la cobertura de asistencia médica dentro del seguro del coche se ha convertido en algo imprescindible. ¿Quiere esto decir que si acudo al médico tras un accidente de tráfico no se me va a atender? No exactamente. Se nos va a atender y se nos van a realizar las pruebas oportunas pero esa factura por el coste ocasionado no la pagará la Seguridad Social sino el seguro del coche, siempre que la garantía de accidentes personales esté contratada, o el paciente en caso de no tenerla. Esta garantía, además de garantizarte la cobertura médica, te ofrece capitales en caso de fallecimiento o invalidez.
Además de las coberturas básicas (responsabilidad civil, accidentes personales, asistencia en viaje y protección jurídica), tenemos a tu disposición una gran gama de garantías opcionales para asegurar tu moto.
- Daños al casco.
Contrata esta cobertura y te indemnizaremos si éste resulta dañado a consecuencia de un siniestro. - Daños a la chaqueta airbag.
Contrata esta cobertura y te indemnizaremos si resulta dañada a consecuencia de un siniestro. - Accidentes personales.
Ya os hablábamos antes sobre ellos pero para vosotros, los motoristas, que tenéis un mayor riesgo físico, os ofrecemos la posibilidad de elegir los capitales para fallecimiento, invalidez y gastos médicos. - Indemnización diaria en caso de ingreso hospitalario tras un siniestro.
- Incendio con franquicia.
- Robo con franquicia.
- Rotura del faro con franquicia.
- Pérdida total: Recibirás una indemnización por el valor venal de tu moto si se declara siniestro total.
- Daños propios con franquicia.
- Capital para adecuación de la vivienda si se declara invalidez permanente superior al 75% a consecuencia de un siniestro.
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